Asignaciones a los grupos políticos de la corporación: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 73.3 de la Ley 7/1985, reguladora de las bases del régimen local, se pagarán las siguientes asignaciones a cada grupo político representado en la Corporación Provincial:
- Componente fijo: 900,00 € mensuales para cada grupo.
- Componente variable: 900,00 € mensuales por cada diputado.
Los grupos políticos tendrán derecho a utilizar un lugar en el Palacio Provincial, equipado con mobiliario y electricidad. El resto de los gastos operativos, como material de oficina y gastos de teléfono y correspondencia, correrán a cargo de cada grupo. En el caso de los gastos de teléfono y conexión a Internet, si estos corren a cargo de la Diputación, su importe se descontará de las mensualidades de la subvención al grupo.
Los grupos políticos no podrán destinar los subsidios que reciban al pago de la remuneración del personal que preste servicios en la Corporación, ni a la adquisición de bienes que puedan constituir inmovilizado patrimonial. Los grupos deberán llevar una contabilidad específica en la que figuren las subvenciones recibidas y los gastos a los que se destinan, contabilidad que estará a disposición del Pleno de la Corporación cuando éste lo solicite ”.
Además, el Consejo Provincial pondrá a disposición de los grupos políticos medios personales para el desempeño de funciones de apoyo, confianza política y asesoramiento especial, de acuerdo con las siguientes reglas:
- La Diputación procederá a la designación de dicho personal en el régimen de personal temporal, de acuerdo con lo previsto en el artículo 104 de la Ley de bases de régimen local. El nombramiento será realizado por la Presidencia a propuesta de los grupos políticos, firmada por el portavoz de cada grupo. Dicha propuesta será vinculante para la Presidencia, salvo que recaiga sobre una persona en quien concurra cualquier causa legal que impida su nombramiento.
- La dimisión de los agentes temporales será automática al finalizar el mandato. Asimismo, la Presidencia podrá acordar su cese en cualquier momento a propuesta del grupo político correspondiente, que tendrá carácter vinculante.
- Los puestos de personal temporal al servicio de los grupos políticos se incluirán en la Lista de puestos y en el Anexo de personal de los Presupuestos, con las siguientes características:
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- Los puestos de técnico medio se asimilarán al subgrupo A2, con nivel 26 de complemento de destino y un complemento específico de 14.396,48 € anuales.
- Los puestos administrativos se asimilarán al subgrupo C2, con el nivel 19 de suplemento de destino y un suplemento específico de 12.033,14 € anuales.
- El Grupo Popular contará con tres técnicos medios y cuatro administrativos.
- El Grupo Socialista contará con dos técnicos medios y los administrativos.
- El Grupo de Democracia de Orensana contará con dos técnicos medios.
- El Grupo BNG contará con un técnico medio y un administrador.
No obstante lo anterior, uno de los puestos de técnico medio al servicio del Grupo Socialista tendrá la consideración de plantilla indefinida, pudiendo seguir ocupando la plantilla indefinida existente o, en su caso, personal temporal que le sustituya, hasta a si la situación de este puesto se encuentra regularizado de acuerdo con la legislación vigente ”.